Buena parte de las subvenciones a empresas se conceden bajo el régimen de mínimis: ayudas de importe reducido que la Unión Europea considera que no distorsionan la competencia y que por eso no requieren notificación previa a la Comisión. A cambio, existe un techo acumulado por empresa.
Cómo se calcula
- El límite se aplica al total de ayudas de mínimis recibidas en un periodo móvil de tres años.
- Se computa por «empresa única»: matriz y filiales vinculadas suman conjuntamente.
- Lo que cuenta es el equivalente de subvención bruta, no el coste del proyecto.
- Sectores como transporte de mercancías por carretera, pesca o producción agrícola primaria tienen techos específicos más bajos.
Los importes concretos del reglamento de mínimis se actualizan periódicamente. Consulta siempre la cifra vigente citada en las bases de la convocatoria a la que te presentas, no una cifra memorizada.
Obligaciones prácticas
- 1Mantener un registro interno de todas las ayudas públicas recibidas con fecha e importe.
- 2Declarar las ayudas de mínimis anteriores en cada nueva solicitud.
- 3Comunicar al órgano concedente cualquier ayuda obtenida después de solicitar.
- 4Revisar el umbral antes de aceptar una concesión que pueda hacerte superarlo.
Si se supera el techo, la administración puede declarar improcedente la parte excedida e iniciar un reintegro con intereses de demora desde la fecha de pago. Llevar el registro al día es una tarea de diez minutos al trimestre que evita ese escenario.
Preguntas frecuentes
- ¿Todas las subvenciones son de mínimis?
- No. Muchas se conceden bajo el Reglamento General de Exención por Categorías u otros regímenes, con límites distintos. Las bases indican siempre el régimen aplicable.
- ¿Cuentan las bonificaciones de Seguridad Social?
- Depende del instrumento: algunas bonificaciones y avales públicos computan como ayuda de mínimis por su equivalente de subvención bruta. Revisa la resolución de cada ayuda.