Protección de datos

Contrato de encargado del tratamiento

Artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679. Regula el tratamiento por parte de Baremo de los datos de los clientes que una gestoría sube a la plataforma.

Borrador, todavía no firmable

Este texto es un borrador pendiente de revisión por un profesional y de completar los datos identificativos del encargado. Mientras siga en este estado, la carga masiva de cartera permanece bloqueada a propósito: no se aceptan datos de terceros sin contrato firmado.

Partes

Responsable del tratamiento

La gestoría, asesoría o empresa titular de la cuenta, con los datos que consten en su suscripción.

Encargado del tratamiento

Razón socialpendiente de completar
NIFpendiente de completar
Domiciliopendiente de completar
Correoprivacidad@subvencionesbaremo.com
Teléfonopendiente de completar

1. Objeto

El Encargado tratará por cuenta del Responsable los datos personales de los clientes de su cartera con la única finalidad de prestar el servicio Baremo: cruce de los datos identificativos de cada empresa con las convocatorias públicas, generación de avisos, memorias técnicas y documentación de justificación.

2. Categorías de datos e interesados

Datos identificativos y de contacto de empresas y de sus personas de contacto: CIF, denominación, domicilio, sector, tamaño, responsable interno asignado y datos de los expedientes tramitados. No se tratan categorías especiales de datos.

3. Duración

El contrato permanece vigente mientras exista una suscripción activa. A su terminación, el Encargado devolverá o suprimirá los datos, a elección del Responsable, en el plazo de treinta días, salvo obligación legal de conservación.

4. Instrucciones del Responsable

El Encargado tratará los datos únicamente conforme a instrucciones documentadas del Responsable y le informará de inmediato si, en su opinión, una instrucción infringe la normativa de protección de datos.

5. Confidencialidad

El Encargado garantiza que las personas autorizadas para tratar los datos se han comprometido a respetar la confidencialidad, con carácter indefinido incluso tras el fin de la relación.

6. Medidas de seguridad (art. 32 RGPD)

Cifrado en tránsito y en reposo, control de acceso por filas a nivel de base de datos, registro de accesos y actuaciones, copias de seguridad diarias con retención de treinta días y separación lógica estricta entre carteras de distintos despachos.

7. Subencargados

El Responsable autoriza a los subencargados publicados en esta misma página. El Encargado comunicará con antelación razonable cualquier alta o baja, pudiendo el Responsable oponerse y resolver el contrato sin penalización.

8. Asistencia al Responsable

El Encargado asistirá al Responsable en la atención de los derechos de los interesados, en las evaluaciones de impacto y en las consultas previas, y pondrá a su disposición la información necesaria para demostrar el cumplimiento.

9. Brechas de seguridad

El Encargado notificará al Responsable cualquier violación de la seguridad de los datos sin dilación indebida y, en todo caso, en un plazo máximo de veinticuatro horas desde que tenga conocimiento, con la información disponible.

10. Auditoría

El Encargado pondrá a disposición del Responsable la información necesaria para acreditar el cumplimiento de este contrato y permitirá auditorías, incluidas inspecciones, con preaviso de quince días y una periodicidad máxima anual.

11. Transferencias internacionales

Los datos se alojan en centros de datos situados en la Unión Europea. No se realizan transferencias internacionales sin instrucción previa y por escrito del Responsable y sin garantías adecuadas.

Anexo · Subencargados autorizados

  • Proveedor de base de datos y autenticaciónAlojamiento de la aplicación y de los datos · Unión Europea
  • Proveedor de correo transaccionalEnvío de avisos y auditorías · Unión Europea
  • Proveedor de pagosFacturación de la suscripción · Unión Europea

Última actualización: 21 de agosto de 2026. Versión: pendiente. Ver el reparto de papeles.