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Ayudas 2026 a personas trabajadoras autónomas y pymes para la conciliación de la vida laboral y familiar, según Decreto 87/2025, de 29 de Julio
SECRETARÍA GENERAL DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
- Dotación
- 1.800.000 €
- Apertura
- Sin fecha publicada
- Cierre
- 15 de noviembre de 2026
Finalidad de la ayuda
Otras actuaciones de carácter económico
Quién puede solicitarla
- PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Requisitos recogidos en las bases
- Tener contratados un mínimo de un trabajador y un máximo de 250.Artículo 4.2.a) · p. 7
- No superar los 50 millones de euros de volumen de negocio anual o tener un balance anual inferior a 43 millones de euros.Artículo 4.2.b) · p. 7
- No ser entidades sin ánimo de lucro, ni entidades públicas.Artículo 4.2.c) · p. 7
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con la Seguridad Social.Artículo 4.2.d) · p. 8
- Ejercer su actividad y tener al menos un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.Artículo 4.2.e) · p. 8
- Formalización de acuerdo/s de teletrabajo o flexibilidad horaria por un período de tiempo no inferior a un año.Artículo 5.1 · p. 8
Criterios de valoración
- Orden cronológico de entrada de las solicitudes, considerando como fecha de presentación aquellas en que las solicitudes reúnan toda la documentación requerida.0 pts
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Escribe tu CIF y Baremo calcula tu encaje de 0 a 100 con esta y el resto de convocatorias vigentes, y redacta la memoria técnica contra sus criterios.
Calcular mi encajeBDNS 930560 · Bases oficiales